29 junio, 2011 | 09:40
Se crea una nueva categoría de fondos muy defensiva
El BOE del lunes 27 de junio publica la Circular 3/2011 de la CNMV[1] que modifica parcialmente la Circular 1/2009 sobre las categorías de IIC en función de su vocación inversora. Además de aspectos como (1) tener en cuenta, a la hora de computar la exposición a renta fija y variable, los derivados, o (2) el cambio de denominación de los “fondos cotizados” por “IIC cotizadas”, incluye la creación de una nueva categoría de IIC: “Monetario a corto plazo”. De esta forma, la CNMV adopta los trabajos desarrollados por el CESR (ahora, ESMA) en relación a la protección del inversor[2], creando una categoría de fondo monetario más restrictiva y armonizada a nivel europeo.
Evolución histórica del índice Afi de fondos de inversión monetarios y renta fija corto plazo.
La definición de los fondos “Monetarios a corto plazo” es la siguiente:
“Ausencia de exposición total a renta variable, riesgo divisa y materias primas. Tener como objetivo mantener el principal y obtener una rentabilidad acorde con los tipos del mercado monetario. Inversión en instrumentos del mercado monetario y depósitos que cumplan lo establecido en el artículo 36.1 a), e) y h) del RIIC y en el artículo 16 de la Orden EHA/888/2008 de derivados así como en otras IIC que cumplan con la definición de monetario a corto plazo. Debe aceptar suscripciones y reembolsos de participaciones diariamente. Duración media de la cartera igual o inferior a 60 días. Vencimiento medio de la cartera igual o inferior a 120 días. Vencimiento legal residual de los activos igual o inferior a 397 días. Elevada calidad a juicio de la gestora teniendo en cuenta, al menos: calidad crediticia del activo (si la tuviera), tipo de activo, riesgo de contraparte y operacional en los instrumentos financieros estructurados y perfil de liquidez de los activos. A efectos de la calidad crediticia del activo: ausencia de exposición a activos con calificación crediticia a corto plazo inferior a A2 o si no tiene calificación crediticia específica por ninguna agencia reconocida, calidad equivalente a juicio de la gestora.”
Esta categoría coexistirá con la de “Monetarios” y la diferencia entre ambas se centra en la duración de la cartera y de los activos en los que invierte, tal y como se recoge en la tabla adjunta.
Comparación de la categoría Monetario corto plazo y monetario
Fuente: BOE.
Por nuestra parte, seguiremos calculando el índice Afi de fondos de inversión monetarios y, si observamos que se generaliza la creación o modificación de fondos monetarios a corto plazo, crearemos esa categoría, cuya principal característica es, como decimos en el título, ser muy defensiva y conservadora. No está mal, ante el entorno de volatilidad en los mercados financieros que vivimos, pero se debe advertir de que inversiones en activos de tan poca duración, con tipos de interés tan bajos como los actuales, obligan a anticipar rendimientos muy bajos. Algunos pensarán que mejor preservar capital que perderlo. Para ellos, sin duda, esta nueva categoría.
Evolución desde 2007 del índice Afi de fondos de inversión monetarios y renta fija corto plazo.
David Cano Martínez
[2] Ver AFI, capítulo 8, “La reacción del regulador español en la crisis financiera” de “El impacto de la crisis económica y financiera en la inversión colectiva y en el ahorro-previsión”. Fundación Inverco. 2010.
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