Ojo con la deducción por la vivienda
En estas semanas, medio país está enfrascado en la preparación de la declaración de la Renta del año 2007, el primero al que se aplican las novedades de la nueva Ley del IRPF.
Entre dichas novedades está la modificación de la deducción por adquisición de vivienda habitual. Con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva ley, los contribuyentes que hubieran financiado dicha adquisición mediante préstamos (generalmente, hipotecarios) en al menos un 50%, tenían derecho a aplicarse una deducción incrementada del 25% sobre los primeros 4.507,59 euros invertidos en el año, durante los dos primeros años, y del 20% sobre dicha cifra en los siguientes. Sobre el resto de la inversión, hasta 9.015,18 euros se aplicaba el tipo de deducción general del 15%.
La nueva Ley del IRPF eliminó dichos tipos incrementados. Pero para mantener los derechos consolidados de aquellos contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda antes del 20 de enero de 2006 (fecha de publicación del primer borrador del proyecto de ley), se habilitó una compensación entre lo que saldría a deducir con la antigua ley y lo que se puede con la nueva.
La polémica ha surgido a la hora de preparar la declaración con el programa PADRE preparado por la AEAT. Para sorpresa de muchos contribuyentes, el programa no calcula automáticamente dicha compensación a partir de la fecha de compra del inmueble, que se debe introducir en todo caso.
Si la declaración se está rellenando a partir de la importación de los datos fiscales descargados directamente de la página web de la AEAT, se debe estar atento a la importación de los datos del préstamo hipotecario, porque no sólo hay que introducir la fecha de compra de la vivienda, sino también marcar la casilla que indica que se adquirió antes del 20 de enero de 2006.
Más complejo es si el contribuyente está rellenando su declaración introduciendo los datos a mano. En este caso, debe tenerse en cuenta que, en el cuadro que se abre para introducir los datos de la vivienda hay dos pestañas:
En esta pestaña (inversión en vivienda habitual) se rellenan los datos de la adquisición de vivienda con la nueva Ley de IRPF, que vuelcan en las casillas 780 (parte estatal) y 781 (parte autonómica).
Si adquirió la vivienda antes del 20 de enero de 2006, deberá también rellenar la pestaña contigua (compensación por adquisición de vivienda habitual), para que el programa calcule dicha compensación, que puede llegar a suponer hasta 450,79 euros de ahorro, y vuelque el resultado en la casilla 737 de la declaración.
Antonio Pina Gil
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