cincodías

« La rentabilidad que esperamos no compensa el riesgo | Inicio | Santiago, San Joaquín y Santa Ana »

24 julio, 2007 | 11:11 AFI

Ante la volatilidad bursátil, optimicemos las pérdidas

Como ya vienen avisando nuestros compañeros de AFI especialistas en renta variable en otros posts de este blog –y aún más teniendo en cuenta que tradicionalmente el mes de agosto suele ser un mes “complicado” para los mercados- , parece razonable prever que durante el verano se pueden producir oscilaciones en los mercados que pueden generar pérdidas en algunos valores.

Pues bien, puestos a perder -situación que no es deseable pero que en bolsa, ocurre con frecuencia- pongámonos manos a la obra para que las pérdidas puedan ser utilizadas fiscalmente de forma eficiente y al menos, minoren la tributación de otras operaciones efectuadas por el inversor particular.

Con el nuevo IRPF, las pérdidas en valores de renta variable obtenidas en el corto plazo son directamente compensables con el resto de plusvalías obtenidas en la transmisión de cualquier elemento patrimonial (no solo acciones cotizadas, sino también acciones o participaciones no cotizadas, inmuebles, fondos de inversión, etc.) con independencia del plazo de generación de las mismas, ya sea a corto plazo (menos de 1 año) o a un plazo superior. Esa será la primera cuestión que un inversor al que el mes de agosto no le sea favorable debe valorar. Una vez generada la pérdida, habrá de revisar el resto de sus activos y definir si, entre uno de los motivos que hagan interesante la venta de otro activo, la posibilidad de aprovechar esas pérdidas es interesante.

Sobre este particular conviene recordar varias cuestiones:

1)  la motivación fiscal de las operaciones es una motivación más que hay que tener en cuenta para efectuar desinversiones pero nunca debe ser la razón definitiva para ello.

2)  la compensación solo es posible con transmisiones de activos que generen plusvalías en términos fiscales. Hay que descartar, por tanto y únicamente a estos efectos, desinversiones en otro tipo de activos como la deuda publica, renta fija privada, etc.

3)  Huya de las prisas. Si la pérdida no se puede aprovechar en este ejercicio, el derecho a su compensación no caduca pues disponemos de 4 años más para efectuarla en las mismas condiciones.

Finalmente, también hay que advertir que ante escenarios de volatilidad bursátil, puede existir la tentación de generar pérdidas fiscales “ficticias” con el objetivo de minorar la factura fiscal del ejercicio. Cuidado con este tipo de prácticas. La normativa tributaria no permite compensar aquellas pérdidas bursátiles producidas en una transmisión cuando en el plazo de dos meses anteriores o posteriores a dicha transmisión se produce una “recompra” de valores que resulten “homogéneos” a los que generaron la pérdida. La pérdida fiscal existe -no hay duda- lo que ocurre es que no podrá ser compensada “fiscalmente” (siempre que existan plusvalías) hasta que los valores “homogéneos recomprados” sean finalmente transmitidos por el contribuyente.

Como en tantos aspectos de la vida, no conviene –y menos en lo que se refiere al Fisco- pasarse de listo.

Alfonso Amor

TrackBack

URL del Trackback para esta entrada:
http://www.typepad.com/t/trackback/2270374/20288826

Listados abajo están los enlaces de los weblogs que le referencian Ante la volatilidad bursátil, optimicemos las pérdidas:

Comentarios

Publicar un comentario

Si tiene una cuenta en TypeKey o TypePad, por favor Iniciar sesión

Los mercados, en CincoDías.com

Suscríbete a RSS

RSS Añadir este sitio a RSS

¿Qué es RSS?
Es una tecnología que envía automáticamente los titulares de un medio a un programa lector o agregador. Para utilizar las fuentes RSS existen múltiples opciones. La más común consiste en instalar un programa llamado 'agregador' o lector de noticias.