27 junio, 2012 | 16:10
La protección al inversor, desaparecida en combate
En noviembre de 2007 ya estábamos en crisis, pero el mundo era tan diferente del actual que aquellos tiempos parecen pertenecer a una época distinta de la humanidad. Entonces entró en vigor la directiva europea MiFID, que, además de liberalizar las plataformas de negociación bursátil, buscaba una mayor protección del inversor. La MiFID introdujo el llamado test de idoneidad, un requisito perentorio por el que antes de vender ningún producto al pequeño ahorrador era necesario hacerle un test para dilucidar su resistencia al riesgo y sus conocimientos económicos. Se trataba, en definitiva, de determinar si el producto en cuestión era adecuado o no para el inversor. Pero el devenir de los acontecimientos ha puesto de manifiesto que la protección al inversor fue una de las primeras bajas de la crisis.
Como ejemplo práctico, los broker on-line de un buen número de entidades financieras permiten al inversor saltarse el test de idoneidad pulsando una x (como si se tratase de un simple banner). ¿Se ha aplicado el test de idoneidad en España? A simple vista da la impresión de que, si se ha hecho, se ha interpretado de forma muy singular.
Bajo las premisas de la MiFID es incomprensible que la colocación masiva de preferentes entre minoritarios tuviera lugar en España justo después de la entrada en vigor de la directiva. La CNMV identificó hasta 22.000 millones en preferentes en manos de minoritarios, una captación de ahorro hiperbólica. ¿Cuántos de esos inversores estaban preparados para comprender los riesgos que conllevan las preferentes? ¿A cuántos suscriptores se les informó de que el producto no era adecuado para su perfil y contestaron que no les importaba?
Cabe pensar que si el test de idoneidad se hubiera aplicado con rigor, no nos encontraríamos ahora con pasteles como los de Bankia. Bruselas se niega a que el dinero de los contribuyentes comunitarios se emplee para subvencionar un canje al 100% de los 3.000 millones de preferentes que colocó Caja Madrid en 2009. Otro de los aspectos que establecía la MiFID era que la red comercial tuviera conocimientos suficientes sobre los productos que vendía y que hubiera una separación clara entre asesoramiento y comercialización, algunas entidades lo interpretaron como que había que poner dos mesas diferentes en la oficina de turno y asunto solucionado. Se exige también que, a la hora de vender un producto, se de "información suficiente y comprensible" para el inversor...
Y a todo esto, la capacidad coercitiva de la CNMV deja mucho que desear. En su memoria anual, el supervisor explica que en 2011 recibió 2.408 reclamaciones de inversores, fundamentalmente referidas a las prácticas de comercialización. El año pasado, la CNMV resolvió 1.218 reclamaciones a favor del cliente. En su seguimiento de las resoluciones se encontró con que solo un 8% de las entidades rectificaron y hasta un 60% no se molestaron en contestar al supervisor. Resulta descorazonador la limitación de las facultades sancionadoras del regulador, que desemboca en situaciones como la descrita: hasta un 60% de las entidades ni siquiera contestaron... y el dato es bueno, porque en 2010 fueron más del 70% las que "pasaron" de la CNMV.
Estaba previsto que la MiFID fuera reformada en 2010. Aún hoy se sigue discutiendo su modificación en el Parlamento y el Congreso comunitarios. Sin embargo, de poco sirve una ley que protege al inversor si cada uno luego la interpeta como quiere.
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